Disposiciones de Prohibición de Uso y/o Comercialización

Diciembre Disposición N°7235/06 Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional del producto rotulado como: QUITAESMALTE OLEOSO | CALAIS | Cont. Neto 50 cm3- industria argentina.BO 11/12/06 Disposición N°7234/06 Prohíbese, con carácter preventivo, el uso y la comercialización de determinadas especialidades medicinales, ante la denuncia de robo efectuada por la firma Laboratorios Temis Lostalo S.A., en razón a que no se pueden garantizar las condiciones de conservación y destino legal de las mismas. BO 11/12/06 Disposición N°7127/06 ESPECIALIDADES MEDICINALES . Establécese que la firma Laboratorios Aspen S.A., titular de la especialidad medicinal Lamikevir Complex/Lamivudina idovudina (Comprimidos recubiertos 150/ 300 mg), no podr| bajo ninguna modalidad, hasta tanto d| cumplimiento a la realización de los estudios de bioequivalencia exigidos por la normativa vigente. BO 04/12/06 Disposición N°7126/06 ESPECIALIDADES MEDICINALES Establécese que la firma Laboratorios Raffo S.A., titular de las especialidades medicinales Raffo DC/Zalcitabina Comprimidos recubiertos 0.375 mg y 0.750 mg) y Davir Raffo / Indinavir (Cápsulas 200 mg y 400 mg), no podr| comercializarlas bajo ninguna modalidad, hasta tanto d| cumplimiento a la realizaciónde los estudios de bioequivalencia exigidos por la normativa vigente. BO 04/12/06 Disposición N°7125/06 ESPECIALIDADES MEDICINALES Establécese que la firma Monte Verde S.A., titular de la especialidad medicinal Ultraviral / Lamivudina (Comprimidos recubiertos150 mg), no podr| comercializarla bajo ninguna modalidad, hasta tanto d| cumplimiento a la realización de los estudios de bioequivalencia exigidos por la normativa vigente..BO 04/12/06 Disposición N°7124/06 ESPECIALIDADES MEDICINALES Establécese que la firma Panalab S.A. Argentina, titular de la especialidad medicinal Panavir Complex/Lamivudina Zidovudina (Comprimidos150 mg/ 300 mg), no podr| comercializarla bajo ninguna modalidad, hasta tanto d| cumplimiento a la realización de los estudios de bioequivalencia exigidos por la normativa vigente.BO 04/12/06 Disposición N°7123/06 ESPECIALIDADES MEDICINALES Establécese que la firma Tuteur S.A.C.I.F.I.A., titular de los certificados de determinadas especialidades medicinales, no podrá Comercializarlas bajo ninguna modalidad, hasta tanto d| cumplimiento a la realización de los estudios de bioequivalencia exigidos por la normativa vigente.BO 04/12/06 Disposición N°7122/06 ESPECIALIDADES MEDICINALES Establécese que la firma Laboratorio Dosa S.A., titular de la especialidad medicinal Didanosina Dosa/Didanosina (Comprimidos masticables de 100 mg), no podr| comercializarla bajo ninguna modalidad, hasta tanto de cumplimiento a la realización de los estudios de bioequivalencia exigidos por la normativa vigente.BO 04/12/06 Disposición N° 7121 /06 ESPECIALIDADES MEDICINALES Establécese que la firma Laboratorio Dosa S.A., titular de la especialidad medicinal Indinavir Dosa / Indinavir (Cápsulas duras de 200 y 400 mg), no podr| comercializarla bajo ninguna modalidad, hasta tanto d| cumplimiento a la realización de los estudios de bioequivalencia exigidos por la normativa vigente.BO 04/12/06 Noviembre Disposición N°6985/06 PRODUCTOS ALIMENTICIOS Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional de un lote del producto "Palos de harina de maíz con queso libres de gluten, SIN TACC, Horneados Cheetos Classic Queso|, elaborado y comercializado por Pepsico de Argentina S.R.L..BO 29/11/06 Disposición N°6981/06 PRODUCTOS MEDICOS Suspéndese preventivamente la autorización de comercialización y uso de las prótesis valvulares cardíacas mecánicas HPBIPLUS,fabricadas por HP BIOPROTESESLTDA. (Brasil) e importadas por STREAMER S.R.L. BO 29/11/06 Disposición N°6980/06 PRODUCTOS ALIMENTICIOS Prohíbese con carácter preventivo la comercialización en todo el territorio nacional del producto |Palos de harina de maíz con queso libres de gluten, SIN TACC, Horneados Cheetos Classic Queso|, elaborado y comercializado por Pepsico de Argentina S.R.L.BO 29/11/06 Disposición N°6959/06 Hágase saber a la firma Laboratorios Filaxis S.A, titular del certificado Nro. 48.927 correspondiente a la especialidad medicinal denominadaSAQUINAVIR FILAXIS / SAQUINAVIR (capsulas de 200 mg), que no podrácomercializarla, bajo ninguna modalidad, hasta tanto de cumplimiento a larealización de los estudios de Bioequivalencia exigidos por la normativa referenciada en el considerando de la presente. BO 24/11/06 Disposición N°6958/06 Hágase saber a la firma Conifarma-Consorcio de Integración FarmacéuticaS.A., titular de los certificados de las especialidades medicinales mencionadas en el anexo i de la presente, que no podrá comercializarlas, bajo ninguna modalidad, hasta tanto de cumplimiento a la realización deestudios de Bioequivalencia exigidos por la normativa referenciada en elconsiderando de la presente. BO 24/11/06 Disposición N°6957/06 Hágase saber a la firma Bioprofarma S.A., titular de los certificados delas especialidades medicinales mencionadas en el Anexo I de la presente,que no podrá comercializarlas, bajo ninguna modalidad, hasta tanto decumplimiento a la realización de los estudios de Bioequivalencia exigidospor la normativa referenciada en el considerando de la presente. BO 24/11/06 Disposición N°6956/06 Hágase saber a la firma Delta Farma S.A., titular de los certificados delas especialidades medicinales mencionadas en el anexo i de la presente,que no podrá comercializarlas, bajo ninguna modalidad, hasta tanto de cumplimiento a la realización de los estudios de Bioequivalencia exigidos por la normativa referenciada en el considerando de la presente. BO 24/11/06 Disposición N°6838/06 PRODUCTOS PARA LA HIGIENE PERSONAL Prohíbese la comercialización y uso de determinados productos elaborados por la firma Clin Off S.A., por no contar con la previa autorización de la Autoridad Sanitaria Nacional. BO 22/11/06 Disposición N° 6837/06 PRODUCTOS ALIMENTICIOS Prohíbese la comercialización del producto rotulado como |Alimento a base de azúcar, leche entera en polvo y sólidos lácteos, marca Sauque|,elaborado por Mafralac Alimenticia S.R.L. BO 22/11/06 Disposición N° 6833/06 PRODUCTOS ALIMENTICIOS Prohíbese la comercialización del producto |Aceitunas verdes en salmuera, marca Aiser|,ya que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaboradoy/o fraccionado en un establecimiento determinado.BO 22/11/06 Disposición N° 6824/06 ESPECIALIDADES MEDICINALES Establécese que la firma Sanofi Synthelabo de Argentina S.A., no podrá comercializar el producto |Valpakine| en ninguna de sus presentaciones, hasta tanto dé cumplimiento a la realización de los estudios de bioequivalencia exigidos por la Disposición N° 3185/99. BO 22/11/06 Disposición N° 6710/06 ESPECIALIDADES MEDICINALES Prohíbese en forma preventiva la comercialización y uso, a excepción de la provincia de Buenos Aires, de determinados productos elaborados por Bouzen S.A.C.I.F.I.A.F. BO 15/11/06 Disposición N° 6693/06 PRODUCTOS ALIMENTICIOS Prohíbese la comercialización y uso de los productos denominados |Sal fina cristalizada en origen yodada y enriquecida| y |Sal gruesa cristalizada en origen yodada y enriquecida|,ambas marca Moli-Sal, por infracciónal Artículo 1272 del Código Alimentario Argentino. BO 15/11/06 Disposición N° 6692/06 PRODUCTOS MEDICINALES Prohíbese, con carácter preventivo, la comercialización y uso del producto rotulado como Welt-Sulfazol, lote 060248, vto. 03/08, por presuntas faltas a las Buenas Prácticas de Fabricación y Control. BO 15/11/06 Disposición N° 6686/06 PRODUCTOS ALIMENTICIOS Prohíbese la comercialización y uso de los productos rotulados como |Leche Entera en Polvo Santa Ygnacia| y |Leche Entera en Polvo La Tamberita|, ya que los mismos no pueden ser identificados en forma fehacientey clara como producidos, elaborados y fraccionados en un establecimiento determinado.BO 15/11/06 Disposición N° 6685/06 ESPECIALIDADES MEDICINALES.-Prohíbese la comercialización y uso de determinados lotes del producto denominado Lidanest Jalea/Clorhidrato de Lidocaína 2%,propiedad de la firma Biocrom S.A. BO 15/11/06 Disposición N° 6684/06 PRODUCTOS COSMETICOS Prohíbese la comercialización y uso del producto rotulado como |7 x 7 Fresh Crema Dental|, Elaborados por A. y S.S.A., por haber sido denunciado por la firma Aerosoles y Servicios S.A., titular del registro, como producto falsificado.BO 15/11/06 Disposición N° 6626/06 Hágase saber a la firma LABORATORIOS BAGO S.A., titular de la especialidad medicinal DROLZEN / Levodopa, Benzerazida, cápsulas de liberación prolongada, certificado n| 44.756, que no podrá comercializarla, bajo ninguna modalidad, hasta tanto dé cumplimiento a la realización de los estudios de bioequivalencia exigidos por la normativa referenciada en el considerando de la presente.BO 9/11/06 Octubre Disposición N° 6343/06 Cancélase la inscripción en el Registro de Productores y Productos de Tecnología Médica de todos los productos médicos de titularidad de la firma SURGICON ARGENTINA S.R.L. (legajo n| 1039), enumerados en el Anexo I de la presente Disposición yprohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional de los mismos- BO 30/10/06 Disposición N° 6332/06 Productos AlimenticiosLevántase la prohibición de comercialización de determinados productos marca ENFAMIL, que fueran establecidas por las Disposiciones Nros. 4178/2005 y 4371/2005.-BO 26/10/06 Disposición N° 5841/06 PRODUCTOS MEDICINALES - Prohíbese, con carácter preventivo, la comercialización del producto rotulado como Solución de Dextrosa al 5% y 10% (Solución de glucosa isotónica) en envases de 250 ml, lotes DA0013 y DA0016, de Laboratorios Apolo S.A., por contravención a la Disposición N° 2819/2004. B.O. 19/10/2006 Disposición N° 5836/06 ESPECIALIDADES MEDICINALES Prohíbese el uso y comercialización, del producto medicinal rotulado Lexotanil, 6 mg, por 50 comprimidos, lote RJ0400, Fecha de elaboración Julio 2006 y Fecha de vencimiento Julio 2009, de la firma Productos Roche S.A.Q. e I., por haberse detectado su sustracción.B.O. 19/10/2006 Disposición N° 5807/06 Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional del l producto denominado TAURAL SUSPENSION/RANITIDINA CLORHIDRATO 0,840 g. Vto. 03/08, de la firma ROEMMERS S.A.I.C.F., B.O. 09/10/06. Disposición N° 5799/06 Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional del producto RANITIDINA 150 mg lotes N° E7544, y lote E7553 elaborados por la firma Klonal S.R.L., B.O. 09/10/06. Disposición N° 5614/06 Prohíbese en todo el territorio nacional la comercialización del producto: |Sal gruesa| yodada marca |Sal Puna||, - establecimiento elaborador: Sal Puna, Cerro Negro, Salta.por bajo contenido de yodo. B.O. 09/10/06. Disposición N° 5613/06 Prohíbase la comercialización y uso en todo el territorio nacional del producto rotulado como "SULFA Y PENICILINA x 20 cc., Elaborado por LABORATORIO GLORIMAR, Paraguay., . B.O 09/10/06 Disposición N° 5611/06 Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional del producto: |Leche entera en polvo |Paulina||Elaborado por Est. inscripto SENASA N° X-F-09016,B.O. 09/10/06. Disposición N° 5609/06 Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional de los productos rotulados como:GLIVECcomprimidos recubiertos, por haber sido falsificados. B.O. 09/10/06. Disposición N° 5588/06 Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional del producto identificado como: |Leche Entera en Polvo Instantánea marca ACTIVA| ., elaborado por Alimentaria SA, . B.O. 06/10/06 Disposición N° 5587/06 Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional de los productos: |Salyodada : Manto Blanco| elaborados por Establecimiento Manto Blanco .B.O. 06/10/06 Disposición N° 5582/06 Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional, del producto medicinal rotulado como Sulfatiazol Bional. B.O. 06/10/06 Disposición N° 5799/06 Prohíbese la comercialización y uso de determinados lotes del producto Ranitidina 150 mg, elaborados por la firma Klonal S.R.LBO 9/10/06 Disposición N° 5576/06 Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional de los productos rotulados como: 1) BROCOLIPTUS JEPAM2) Ungüento CHINI JEPAM. .B.O. 6/10/06 Disposición N° 5437/06 Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional, de todos los productos médicos identificados en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente Disposición. B.O. 06/10/06 Disposición N° 5570/06 Prohíbese la comercialización del producto Complemento Nutricional, marca: Karbonetas, correspondiente al Establecimiento Argenfarma S.R.L. BO 4/10/06 Disposición N° 5573/06 Prohíbese la comercializacióon y uso del producto |Leche entera en polvo, fortificada con vitaminas A y D, marca DESHIFOOD|, ya que el mismo no cumple con la Resolución (GMC) N° 82/93, incorporada al Código Alimentario Argentino por la Resolución MSAS N° 3/95. B.O. 4/10/06 Disposición N° 5572/06 Prohibese la comercialización en todo el territorio nacional del Producto en cuyo rotulo se consigna |CAFE SUPER ITAPOA, PREMIUM, ELABORADO Y ENVASADO POR SPRINT SERVICE,B.O. 4/10/06 Disposición N° 5571/06 Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional de los productos: |SAL FINA IODADA, NUEVA MANTO BLANCO|, . |SAL GRUESA IODADA, NUEVA MANTO BLANCO|,|SAL FINA IODADA, NORTESAL| |SAL GRUESA IODADA, NORTESAL|, B.O. 4/10/06 Disposición N° 5569/06 Prohíbese la comercializacióon y uso en todo el territorio nacional de los productos rotulados como 1) |HONGODERM FORMULA REFORZADA..| Y 2) |CAESAR IMPERATOR. ANTIMICOTICO. . LABORATORIO TECNOPHARM.|. B.O. 4/10/06 Disposición N° 5568/06 Prohíbese la comercialización de determinados productos marca |DOLLY PAST|, por no cumplir con la legislación vigente.- B.O. 4/10/06 Disposición N° 5567/06 Prohíbese la comercialización y uso, con excepción de la Provincia de Buenos Aires, de determinadas especialidades medicinales en cuyo rotulado se indica elabora y distribuye Droguería Zamora S.R.L..- B.O. 4/10/06 Septiembre Disposición N° 5190/06 Prohíbese la comercialización y uso de todos los productos médicos elaborados por Rovelen S.A., en todos sus lotes.- BO 19/09/06 Disposición N° 4860/06 Prohíbese la comercialización y uso de todos los productos médicos fabricados por Laboratorios Arsut S.A., en todos sus lotes, e inhíbese a dicha firma a elaborarlos y/o importarlos, hasta tanto cumplimente las normas sobre Buenas prácticas de Fabricación. B.O. 01/09/06. Disposición N° 4823/06 Prohíbese la comercialización y uso de determinados productos médicos. B.O. 01/09/06 Agosto Disposición N° 4735/06 Prohíbese la comercialización y uso de los productos médicos importados por Surgicon Argentina S.R.L., en todos sus lotes. B.O. 22/08/06 Julio Disposición N° 3948/06 Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional de los productos 1) Escabeche de jabal| , Pate de Pavita, Salame de |and| ,Salame de llama, y otros, elaborados por el establecimiento Tradición Pampeana,, por las razones expuestas en el Considerando.- BO 27/07/06 Disposición N° 3946/06 Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional y se ordena a la firma que proceda al retiro del mercado del producto: |Sal fina y gruesa marca: San Antonio|, elaborado por Molinos R.P.E. N° 17000268, por las razones expuestas en el Considerando.- BO 27/07/06 Disposición N° 3945/06 Prohíbese la comercialización y se ordena al retiro del mercado , en todo el territorio nacional, del producto |Sal entrefina iodada, marca 3 Molinos| |elaborada por PyC S.H, R.N.E. N° 17000485,por las razones expuestas en el Considerando.- BO 27/07/06 Disposición N° 3944/06 Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional del producto rotulado, como |CRONOLEVELElaborado por Schering Plough S.A., distribuido en Argentina por White-Pharma S.A.| con independencia del lote que obre en su envase primario, el que se encontrar| indefectiblemente alcanzado por la medida.- BO.-27/07/06 Disposición N° 3943/06 Prohíbese la comercialización y uso de los productos "Talco con Propóleo" y "Ungüento de Propóleo", elaborados a base de talco y propóleo por "Colmenar Oro de la Sierra", Santa Rosa de Calamuchita, Córdoba, por no contar con la previa autorización de la ANMAT. B.O. 26/07/06 Disposición N° 3941/06 Prohíbese en todo el territorio nacional la comercialización del producto: |Vizcacha en escabeche, Alimento Artesanal, y conservas de origen casero, marca |El Francósde elaboración propia, marca El Francós|.- BO 26/07/06 Disposición N° 3934/06 Prohíbese en todo el territorio nacional, conforme el artículo 9| de la Ley N° 18.284, la comercialización del producto "Ostras en Conserva", Producto Artesanal, establecimiento "El Solar de la Bahía".B.O. 26/07/06 Disposición N° 3626/05 Prohíbese la comercialización del producto Optimark, en su presentación de envases por 5 frascos de 50 ml. Inhíbese preventivamente el establecimiento de la firma Mallinckrodt Medical Argentina Ltd. sito en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para acondicionar medicamentos en general y especialidades medicinales, por no contar con la habilitación correspondiente. B.O. 26/07/06 Disposición N° 2950/06 Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional del producto |Sal fina de mesa, marca: VEA|, R.N.E. N° 13003118, R.N.P.A. N° 025-13026527, Lote/envasado Noviembre 2005, elaborado por El Jarillar S.A. BO 26/07/06 Disposición N° 3877/06 Prohibese la comercialización y uso de determinados productos, por no encontrase registrados y poseer concentraciones de formaldehido superiores a las permitidas para su utilización como conservantes.- BO 20/07/06 Disposición N° 3694/06 Levántase la prohibición ordenada por Disposición ANMAT N° 915/06 a la firma COMPA||A FARMACEUTICA ARGENTINA S.R.L.,para comercializar especialidades medicinales fuera del |mbito de la Ciudad de Buenos Aires.BO 17/07/06 Junio Disposición N° 3435/06 Suspéndese preventivamente el registro, la elaboración,comercialización, distribución y dispensación de las especialidades medicinales que contengan CISAPRIDA, como monodroga o asociada a otros principios activos.- B.O. 22/06/06 Disposición N° 3373/06 PRODUCTOS ALIMENTICIOS ANMAT - Levántase la prohibición de comercialización del producto "Fórmula Láctea en Polvo con Hierro para Lactantes de 0 a 6 meses", marca Nestl|, lote N° 5248121521, fecha de vencimiento diciembre 2006, ordenada por Disposición N°2930/2006 ANMAT.- B.O. 20/06/06 Mayo Disposición N° 2930/06 Prohíbese la comercialización y uso del producto "Fórmula Láctea en Polvo con Hierro para Lactantes de 0 a 6 meses", marca Nestl| - NAN 1, lote 5248121521, fecha de vencimiento diciembre 2006, hasta tanto se resuelva la investigación que el INAL est| llevando a cabo.- B.O. 29/05/06 Disposición N° 2926/06 Prohíbese la comercialización y uso del producto "Celestone Cronodose, suspensión inyectable por un frasco ampolla de 2 ml, lote 5AHUZ28-2, vto. 05-2007", el cual dice ser elaborado por Schering-Plough S.A., por tratarse de un producto apócrifo.- BO 29/05/06 Disposición N° 2278/06 Hágase saber a la firma CRAVERI S.A.I.C titular de laespecialidad medicinal CARBAMAZEPINA CRAVERI, Certificado Nro. 40345, que no podr| comercializarla, bajo ninguna modalidad, hasta tanto d| cumplimiento a la realización de los estudios de bioequivalencia exigidos por la normativa referenciada en el considerando de la presente.- BO 9/05/06 Abril Disposición N° 2008/06 Prohíbese, preventivamente, la comercialización interjurisdiccional de especialidades medicinales a la firma ABASTECIMIENTOS HOSPITALARIOS S.A. hasta tanto obtenga por parte del Instituto Nacional de Medicamentos la certificación de haber cumplimentado la Disposición ANMAT 3475/05.B.O. 11/04/06 Disposición N° 2004/06 Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional de los lotes 147, 148, 149 Y 150, Vencimientos 10/06, 11/06, 11/06 y 01/07, respectivamente correspondientes al producto rotulado como METROMEDICÓS / METRONIDAZOL, 500 mg, INYECTABLE, de la firma Laboratorios MEDICÓS ARGENTINA .-Notifíquese a la firma Laboratorios MEDICÓS ARGENTINA DE EMILIO LUIS NICOLÁS PFIRTER. que deber| efectuar el recupero de los lotes indicados en el artículo precedente, debiendo notificar al Instituto Nacional de Medicamentos sobre la conclusión de dicho procedimiento.-BO 11/04/06 Disposición N° 2003/06 Prohíbese la comercialización de especialidades medicinales fuera del |mbito de la Provincia de Buenos Aires a "AMFANOR" Asociación Mutual Farmacéutica del Noroeste de la Provincia de Buenos Aires, hasta tanto se encuentre inscripta en la BASE UNICA DE ESTABLECIMIENTOS QUE EFECTUAN TRANSITO INTERJURISDICCIONAL DE ESPECIALIDADES MEDICINALES.- BO 11/04/06 Disposición N° 2001/06 Prohíbese en todo el territorio nacional la comercialización del producto: Leche en polvo marca Vital Infantil, de 1000g, lote 60099"; elaborado por Kasdorf S.A.- BO 11/04/06 Disposición N° 1967/06 Clausúrase preventivamente el establecimiento de la firma SETEX S.A., sito en Avda. Lisandro de La Torre 2611/29, Capital Federal, por los motivos expuestos en el considerando de la presente yprohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional de todos los productos médicos fabricados por SETEX S.A., en todos sus lotes.- BO 10/04/06 Disposición N° 1800/06 Hágase saber a la firma LABORATORIOS BETA S.A.titular de laespecialidad medicinal CARBAMINOL/ Carbamacepina, Certificado Nro. 41232, que no podr| comercializarla, bajo ninguna modalidad, hasta tanto d| cumplimiento a la realización de los estudios de bioequivalencia exigidos por la normativa referenciada en el considerando de la presente.- BO 07-04-06 Disposición N° 1799/06 Hágase saber a la firma LABORATORIOS DUNCAN S.A.titular de laespecialidad medicinal CARBAMAZEPINA DUNCAN, Certificado Nro. 48525, que no podr| comercializarla, bajo ninguna modalidad, hasta tanto d| cumplimiento a la realización de los estudios de bioequivalencia exigidos por la normativa referenciada en el considerando de la presente.- BO 07-04-06 Disposición N° 1798/06 Establécese que la firma Laboratrio CasascoS.A.I.C.no podr| comercializar la especialidad medicinal Oxcarbacepina Casasco /Oxcarbacepina certificado N°42.350 hasta tanto d| cumplimiento a la realización de los estudios de bioequivalencia exigidos por la normativa en vigencia.- BO 07/04/06 Marzo Disposición N° 1566/06 Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacionaldel Lote C5126 correspondiente a la especialidad medicinal denominadaCEFALEXINA SANT GALL 500 mg/5ml, polvo para suspensión extemporánea,Vencimiento 03/07.,de la firma SANT GALL FRIBURG Q.C.I. S.R.L.- BO 20/03/06 Disposición N° 1565/06 Prohíbesepreventivamentela comercialización y uso en todo el territorio nacional de los productos (ingredientes farmacéuticos activos) elaborados por la firma ARYL S.A., por los motivos expuestos en el Considerando de la presente.- BO 20/03/06 Disposición N° 1564/06 Prohíbese la comercialización de especialidades medicinales fuera del ámbito de la Provincia de Santa Fe a la Droguería |MED de G. Forcadell y L.M. Maccari.- BO 20/03/06 Disposición N° 1561/06 Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional,de los productos rotulados como Iodopovidona, solución tópica al 10% Lote 123 vto. 12/2006. Antiséptico, germicida de uso externo. y Agua Oxigenada estabilizada Lote 155 vto. 12/2006. Desinfectante, antiséptico de uso externo. Antiséptico desinfectante activo frente a bacterias anaeróbicas y micosofites en heridas superficiales, semiprofundas y enjuagues bucofaríngeos, deListens SRL.- BO 20/03/06 Disposición N° 1554/06 Prohíbese la comercialización y uso de determinados productos de la firma APOLO S.A.- BO 17/03/06 Disposición N° 1553/06 Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional del producto rotulado como Off! Spray contenido neto 200 cm3, lote 402001 vencimiento 20/01/07, con las características enunciadas en la columna apócrifo del cuadro Anexo I que forma parte de la presente Disposición, por tratarse de un producto falsificado.- BO 17/03/06 Disposición N° 1552/06 Prohíbese, el uso y la comercialización en todo el territorio nacional, de los siguientes lotes de las especialidades medicinales rotuladas como:ATURAL SOLUCIóN INYECTABLE, POR 6 AMPOLLAS, LOTE 00027, y ACI-TIP SUSPENSIóN POR 200 ML LOTE 00603.- BO 17/03/06 Disposición N° 1551/06 PLANTAS MEDICINALES.-Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional de los productos rotulados como: 1) Nueva Wira Sacha, Extracto de plantas Medicinales, Renaco Sacha, Ajos Sacha, Guayaco, Suelda con Suelda, Pulmonaria, Bálsamo, Belladona, Sangre de Grado, Aloe Vera y Alcanfor.2) Tupac Yupanqui Wira Sacha. Extracto de plantas medicinales.Elaborado Legajo N° 2213/2, Resolución N° 15612. Provincia de Tucumán.República Argentina.- BO 17/03/06 Disposición N° 1217/06 Hágase saber a la firma DR. LAZAR S.A.Q.E.I. titular de la especialidad medicinal CARBAMAZEPINA LAZAR, Certificado Nro. 42034, que no podrá comercializarla, bajo ninguna modalidad, hasta tanto dé cumplimiento a la realización de los estudios de bioequivalencia exigidos por la normativa referenciada en el considerando de la presente.- BO 14/03/06 Disposición N° 1229/06 Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional del producto: |Aceite de oliva marca Aceitera Perdriel | RPPA N° 1152-A-2004, elaborado por Aceitera Perdriel S.R.L.- BO 14/03/06 Disposición N° 1331/06 Prohíbese lacomercializaciónyusoen todoelterritorio nacional, excepto en la Provincia de Entre Ríos, de los productos elaborados por la firma Herboristeria Guingard.- BO 14/03/06 Disposición N° 1333/06 Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional de diversos productos:importados de los Estados Unidos de Norteamérica por la firma Natural Life | RNE 0000087, por las razones expuestas en el Considerando de la presente. BO 14/03/06 Febrero Disposición N° 978/06 Hágase saber a la firma HEXAL ARGENTINA S.A. titular de laespecialidad medicinal LEVOBEN /Levodopa Benserazida Certificado Nro. 49557, que no podr| comercializarla, bajo ninguna modalidad, hasta tanto d| cumplimiento a la realización de los estudios de bioequivalencia exigidos por la normativa referenciada en el considerando de la presente.- BO 24/02/06 Disposición N° 977/06 Hágase saber a la firma IVAX ARGENTINA S.A. titular de laespecialidad medicinal OXCARBAZEPINA IVAX 300 mg y OXCARBAZEPINA IVAX 600 mg, Certificado Nro. .43235, que no podr| comercializarla, bajo ninguna modalidad, hasta tanto d| cumplimiento a la realización de los estudios de bioequivalencia exigidos por la normativa referenciada en el considerando de la presente.- BO 24/02/06 Disposición N° 976/06 Prohíbese la comercialización, de la especialidad medicinal NEUROPATIL / Oxcarbazepina Certificado Nro. 42220, de la firma LABORATORIOS CASASCO S.A.I.C..que no podr| comercializarla, bajo ninguna modalidad, hasta tanto d| cumplimiento a la realización de los estudios de bioequivalencia exigidos por la normativa referenciada en el considerando de la presente.- BO 24/02/06 Disposición N° 975/06 Prohíbese la comercialización, de la especialidad medicinal EPICUR / Oxcarbazepina Certificado Nro. 40887, de la firma SIDUS S.A.que no podr| comercializarla, bajo ninguna modalidad, hasta tanto d| cumplimiento a la realización de los estudios de bioequivalencia exigidos por la normativa referenciada en el considerando de la presente.- BO 24/02/06 Disposición N° 945/06 Prohíbese la comercialización de especialidades medicinales fuera del |mbito de la Provincia de Buenos Aires a la Droguería |BYOS , hasta tanto se inscriba en la Base |nica de Establecimientos que efectúan tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales.- BO 24/02/06 Disposición N° 1063/06 Suspéndese la importación, comercialización, distribución y dispensación de la especialidades medicinales EXANTA/ Ximelagatrán (comprimidos 24 mg) Certificado N° 51.710 y EXANTA SC / Melagatran(solución inyectable) Certificado N° 51761, ambos propiedad de la firma ASTRAZENECA SA.- B.O.23/02/06 Disposición N° 898/06 Prohíbese la comercialización y uso de todos los productos médicos con los nombres comerciales "Almedic" o "MS", fabricados sin contar con la previa autorización de la ANMAT.- B.O.17/02/06 Disposición N° 823/06 Prohíbese la comercialización de determinados productos elaborados por la firma Feit y Olivari S.A., no registrados ante la autoridad de aplicación.B.O.- 17/02/06 Disposición N° 817/06 Levántase la prohibición de elaboración y comercialización de determinados productos domisanitarios de la firma Argensil S.R.L., dispuesta por la Disposición N° 5285/2005.B.O.16/02/06 Disposición N° 802/06 Prohíbese la comercialización de un determinado lote del producto "Dazolin-Nafazolina CLH, contenido neto 20 ml, vencimiento 08/07", por tratarse de un producto ilegítimo en los términos del artículo 19 de la Ley N° 16.463 y sus reglamentaciones.B.O.16/02/06 Disposición N° 536/06 Prohíbese la comercialización y uso de determinados productos médicos de lotes robados el 9 de diciembre de 2005.- B.O. 10/02/06 Disposición N° 519/06 Prohíbese a Compa||a Farmacéutica Argentina S.R.L. la comercialización de especialidades medicinales fuera del |mbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta tanto se encuentre inscripta en la Base Unica de Establecimientos que Efectúan Tránsito Interjurisdiccional de Especialidades Medicinales.- B.O. 10/02/06 Disposición N° 271/06 Productos de Uso Domástico- Prohíbese la comercialización del producto rotulado como "K-Othrina Plus", por tratarse de un producto falsificado.- B.O. 03/02/06 Disposición N° 270/06 Especialidades Medicinales- Prohíbese a la Droguería Galénica S.R.L. la comercialización de especialidades medicinales fuera del |mbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta tanto se encuentre inscripta en la Base Unica de Establecimientos que efectúan tránsito interjurisdiccional de las citadas especialidades.- B.O. 03/02/06 Disposición N° 269/06 Productos Medicinales- Prohíbese la comercialización y uso de los productos rotulados como Iodopovidona-Solución jabonosa al 5%, Lote 123 vto. 12/2006, contenido neto 1 litro y Agua Oxigenada-Estabilizada, Lote 123 vto. 12/2006, contenido neto 1 litro, ambos de la firma Listens S.R.L., por no encontrarse habilitada la citada firma por la Administración Nacional.- B.O.03/02/06 Disposición N° 268/06 Especialidades Medicinales- Prohíbese a la Droguería Distribuidora Paluc, la comercialización de especialidades medicinales fuera del |mbito de la provincia de Tucumán, hasta tanto se inscriba en la Base Unica de Establecimientos que efectúan tránsito interjurisdiccional de las citadas especialidades.-B.O. 03/02/06 Disposición N° 267/06 Especialidades Medicinales-Prohíbese a la Droguería Génesis de Ramón Fernando Ledesma, la comercialización de especialidades medicinales fuera del |mbito de la provincia de Entre Ríos, hasta tanto se inscriba en la Base Unica de Establecimientos que efectúan tránsito interjurisdiccional de las citadas especialidades.- B.O. 03/02/06 Disposición N° 266/06 Especialidades Medicinales- Prohíbese a DA Droguería Albor S.R.L. la comercialización de especialidades medicinales fuera del |mbito de la provincia de Santa Fe, hasta tanto se inscriba en la Base Unica de Establecimientos que efectúan tránsito interjurisdiccional de las citadas especialidades.- B.O.03/02/06 Disposición N°265/06 Productos Alimenticios- Prohíbese la comercialización de los productos identificados como Sal Fina Moli-Sal, Lote F, vencimiento 2006 y Sal Gruesa Moli-Sal, Lote G, vencimiento 2006; elaborados por Moli-Sal, Industria Salinera del Norte, por presentar infracciones a las normas de rotulación y al Artículo 1272 del Código Alimentario Argentino.- B.O. 03/02/06 Disposición N° 264/06 Especialidades Medicinales- Prohíbese la comercialización y uso del producto Sulfato de Atropina 0,1% inyectable, lote 211, vencimiento 04/2006 de Laboratorios Apolo S.A., por no cumplir con la valoración del principio activo.- B.O.03/02/06 Disposición N° 262/06 Especialidades Medicinales- Prohíbese a la Droguería Dronor S.A. la comercialización de especialidades medicinales fuera del |mbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta tanto se encuentre inscripta en la Base Unica de Establecimientos que efectúan Tránsito Interjurisdiccional de Especialidades Medicinales.- B.O. 02/02/06 Disposición N° 261/06 Especialidades Medicinales- Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional del producto Rifamicina Biocrom-Rifamicina Solución x 22 ml, lote 64009, vto. 09-2007, Laboratorio Biocrom, por tratarse de un producto vencido.- B.O.02/02/06 Disposición N° 260/06 Prohíbese a Bairesmed Droguería de Seacamp S.A. la comercialización de especialidades medicinales fuera del |mbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta tanto se encuentre inscripta en la Base Unica de Establecimientos que Efectúan Tránsito Interjurisdiccional de Especialidades Medicinales.- B.O. 02/02/06 Disposición N° 259/06 Productos Alimenticios- Prohíbese la comercialización de los productos Chimichurri Natural y Salsa Criolla Natural "Aromas y Sabores", por tratarse de productos ilegales que no se encuentran autorizados.- B.O. 02/02/06 Disposición N° 257/06 Prohíbese, con carácter preventivo, a Pharmatotal S.R.L. la comercialización de especialidades medicinales fuera del territorio de la provincia de Buenos Aires, hasta que d| cumplimiento con el artículo 3| del Decreto N° 1299/97.- B.O.02/02/06 Enero Disposición N° 190/06 Productos Médicos. Prohíbese la comercialización y uso de determinados productos médicos, ante la denuncia de sustracción efectuada por Nipro Medical Corporation Sucursal Argentina.- BO 26/01/06 Disposición N° 254/06 ESPECIALIDADES MEDICINALES AT - Prohíbese la comercialización y uso del producto "Dazolin" - Nafazolina CLH, contenido neto 20 ml, lote 50420, vto. 04/07", presuntamente elaborado por Roux Ocefa S.A., por presentar características que difieren del producto original.- B.O. 25/01/06 Disposición N° 84/06 Prohíbese la comercialización de especialidades medicinales fuera del |mbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la Droguería Gleal Medica SA sita en la calle Segurola 1620/22 de esta Capital Federal, hasta tanto se encuentre inscripta en la Base Unica de Establecimientos que efectúan tránsito interjurisdiccional.- BO 24/01/06 Disposición N° 83/06 Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional del producto CRISASMA NF 800 (TEOFILINA) jarabe lote n| 03175 (ya vencido a la fecha) y los lotes: 04064, 04065 y 04066, estos con vencimiento 7/2006 propiedad de la firma Laboratorios Sintesina SA, por las razones expuestas en el Considerando de la presente Disposición. -BO 24/01/06 Disposición N°82/06 Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional de los productos rotulados como 1) |Agua Oxigenada (F.N.A. VI) 1A.N.M.A.T. disp. 3409/99, lote 323, vto. 09/09, | y 2) |Icubex 10 Iodopovidona _ Solución tópica , lote 607, vto. 06/07, el que dicen ser elaborados por la firma RODRIGUEZ & VIDAL S.R.L.|, ya que difieren del original en las características que se consignan en el Anexo I, el cual forma parte integrante de la presente disposición.- BO 24/01/06 Disposición N° 7097/05 Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional del producto rotulado como Fresh and Clean, solución jabonosa con triclosan 1% con bactericida sin acción terapéutica por 500 ml.-BO 23/01/06 Disposición N° 7096/05 Prohíbese, con carácter preventivo, el uso y la comercialización de determinadas especialidades de la firma Fada Pharma S.A., en razón a que no se pueden garantizar las condiciones de conservación y destino legal de las mismas, por tratarse de productos robados.B.O. 23/01/06 Disposición N° 7397/05 Prohíbese la comercialización de especialidades medicinales fuera del |mbito de la Provincia de Buenos Aires a la Droguería Distrifan SRL sita en la calle en la calle Gazeta de Buenos Aires 3174, de la localidad de Ciudadela, hasta tanto se encuentre inscripta en la Base Unica de Establecimientos que efectúan transito interjurisdiccional.- BO 12/01/06 Disposición N° 7396/05 Prohíbese la comercialización de especialidades medicinales, fuera del |mbito de la Provincia de Misiones, de la droguería|DISTRIBUIDORA NORTE|, con domicilio en Felix de Azara N° 2161, Posadas, Provincia de Misiones, propiedad de Distribuidora Norte S.R.L. hasta tanto se adecue a lo prescripto por la Disposición ANMAT N° 3475/2005.- BO 12/01/06 Disposición N° 7394/05 Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional del producto en cuyo rótulo luce: YESICA | TOMATE TRITURADO | INDUSTRIA ARGENTINA - 950g PESO NETO | ELABORADO POR: YESIMAR SRLRuta Provincial N° 80 - Puerto Nuevo | Palma Sola | Provincia de Jujuy.- BO 12/01/06 Disposición N° 7393/05 Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional de los productos: |Escabeche deshuesado de jabal| ,|Chivito deshuesado en escabeche| , |Conejo deshuesado en escabeche| ,Ciervo deshuesado en escabeche| | , marca El Sauce, elaborados y fraccionados por Establecimiento El Sauce | Corrientes.- BO 12/01/06 Disposición N° 7392/05 Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional de los lotes de los productos rotulados como: |KALETRA. Contiene 180 cápsulas blandas. Lote 132622E Vence. 01-FEB-2006. Fabricado por R.P. Scherer North America, 2725 Scherer Drive. St. Petersburg, FL 33716-1016 USA para Abbott Laboratories, North Chicago, IL. Importado y distribuido por Abbott Laboratories Argentina S.A.|, BO 11/01/06 Disposición N° 7391/05 Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional del producto: |Jamón crudo sin hueso, sin cuero y desgrasado|, marca Iberco, domicilio Lisandro de la Torre 2249 | CABA - R.N.E. N° 01000204 | R.N.P.A. N° 01006078/94. BO 11/01/06 Disposición N° 7390/05 Prohíbese la comercialización de especialidades medicinales fuera del ámbito de la Provincia de Buenos Aires a la Droguería Sumed de Gabriel R. Pellegrino sita en la calle Diagonal 75 N° 647 entre 21 y 59 de la ciudad de La Plata |Pcia. de Buenos Aires-, hasta tanto se encuentre inscripta en la Base Unica de Establecimientos que efectúan tránsito interjurisdiccional, en los términos del Decreto n| 1299/97.BO - 11/01/06 Disposición N° 7389/05 Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional del lote 012 vencimiento 04-2006 del producto SOLUCION FISIOLOGICA |DROGAL|., elaborada y envasada por DROGAL S.A.C.I.F.I BO 11/01/06 Disposición N° 7184/05 Prohíbese la comercialización y retiro de producto del mercado, en todo el territorio nacional del producto |Medallones de Carne Vacuna, marca: Bif Hot | elaborados por Frigorífico Guiale SACIF,R.P.P.A. N° 02349839 y R.P.E. N° 02032751, SENASA 1102-91, lote 1 elaborado 14/10/05 Contenido Neto 350gr. y lote 2, elaborado 4/11/05, vencimiento Abril de 2006, Contenido Neto 280 gr.|.- BO 03/01/06
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